Cómo rellenar esta plantilla
- Escriba sus datos fiscales: nombre o razón social, NIF y domicilio.
- Añada los datos del cliente y su número de pedido en el campo de referencia.
- Ponga las jornadas o las horas como cantidad, y la iguala como una línea aparte.
- Deje el IVA al 21 %. Si factura como persona física, mantenga la retención de IRPF del 15 %; si factura como sociedad, quítela.
- Añada el IBAN y descargue el PDF.
Qué debe incluir una factura de consultoría
Una factura completa en España (Real Decreto 1619/2012) debe llevar: número y, en su caso, serie, correlativos; fecha de expedición; nombre y apellidos o razón social del emisor y del destinatario; el NIF de ambos (el del cliente es obligatorio si es empresa o profesional); el domicilio de ambos; la descripción de cada concepto; la base imponible; el tipo de IVA y la cuota resultante, por separado; y la fecha de la operación si es distinta de la de expedición. Si una operación no lleva IVA (exenta, inversión del sujeto pasivo, intracomunitaria), la factura debe indicar el motivo.
Describa cada concepto con el periodo y el entregable, por ejemplo «Diagnóstico de procesos, fase 1». Las grandes empresas suelen exigir un número de pedido: sin él, la factura puede quedarse parada en cuentas a pagar.
IRPF: persona física o sociedad
Si trabaja para empresas u otros profesionales como profesional (actividades de la sección segunda del IAE), su cliente le retiene el 15 % de IRPF sobre la base imponible e ingresa esa cantidad en Hacienda por usted. Durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes puede aplicar el 7 %, comunicándoselo al cliente. A particulares no se les aplica retención. En la plantilla, el IRPF se resta después del IVA: el total a pagar es base + IVA − IRPF.
Si factura a través de una sociedad limitada, la sociedad no sufre retención de IRPF por sus servicios de consultoría. Quite la retención en el editor.
Gastos y suplidos
Los gastos de viaje que repercute al cliente forman parte de la base y llevan IVA. Los suplidos, en cambio, son pagos que hace en nombre y por cuenta del cliente (por ejemplo, una tasa a su nombre): no llevan IVA y se justifican con el documento original. Si tiene dudas sobre cómo tratarlos, consulte a su gestor.
Sobre Verifactu: Invoiceferry hace facturas en PDF, pero no es un sistema de facturación certificado Verifactu y no envía registros a la Agencia Tributaria. Según las fechas publicadas hoy, Verifactu será obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para autónomos. A partir de su fecha, emita sus facturas con un programa adaptado y use Invoiceferry para presupuestos y proformas. Más detalles en nuestra guía de Verifactu y factura electrónica.